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¿A favor de quién está el tiempo?

 

Existen dos versiones muy particulares en donde las opiniones son totalmente distintas…

EN PLEITOS, SUELEN GANAR LOS PATRONES

En las controversias que pueden darse por falta de armonización entre las leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social, la empresa gana los juicios en los tribunales en un 90 por ciento de los casos, recordando que mientras hay juicio puede o no pagar las prestaciones o los servicios de salud al trabajador.

CIUDAD DE MÉXICO.- Para poder hablar de una reforma laboral integral es necesario que las leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social se armonicen de cara a la nueva legislación.

Todo trabajador formal está bajo el régimen de ambas leyes, sin embargo, en lo que respecta a la subcontratación u outsourcing y otros aspectos como despidos, pensiones o maternidad existen sendas definiciones, que en la práctica llevan a controversias entre trabajadores y empresas, que en la mayoría de los casos son ganados por los patrones.

Además, estas discrepancias afectan la calidad del empleo y su creación, expuso Javier Moreno Padilla, presidente de la comisión de Seguridad Social de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex).

Jorge Díaz Galindo, presidente de la ANPADEUSS, consideró que el principal problema que genera el ‘divorcio’ entre la LSS y la LFT son las interpretaciones que da la empresa, el trabajador y los juzgados en materia laboral, al no quedarles claros los conceptos a los involucrados.

A este respecto, Tomás León, abogado en materia laboral, explicó que en las controversias ocasionadas por leyes que no empatan, la empresa gana los juicios en los tribunales en un 90 por ciento de los casos, recordando que mientras hay juicio puede o no pagar las prestaciones o los servicios de salud al trabajador, lo que merma los derechos laborales.

Por ejemplo, en el caso de la reinstalación por despidos injustificados, indicó que la LSS refiere que los trabajadores tendrán los servicios médicos en el transcurso de una resolución, mientras que la LFT establece que por las causas pudiera no estar obligado el patrón al pago de esas cotizaciones hasta que se resuelva el conflicto.

Otro ejemplo del conflicto por el ‘divorcio’ de las leyes, es que en los riesgos laborales la LSS indica que ante un accidente laboral el patrón está obligado a dar una indemnización, pero la LFT dice que éste puede presentar pruebas para no pagar pensión por esto.
Pero también existe la contraparte,

JUICIO LABORAL: SIEMPRE GANA EL EMPLEADO

Los empleadores tienen serios problemas para ganar los juicios laborales. Los abogados de este rubro coinciden en que la proporción de causas ganadas por los empleadores en el área metropolitana es de sólo un 10%. Y esto en los litigios por despidos y “solidaridad” (reclamos de un empleado subcontratado a la contratista primaria), ya que con los accidentes laborales el porcentaje es casi nulo.

Por este escenario favorable al empleado, los especialistas afirman que en 2010 se iniciaron entre 25 y 50% más de causas que en 2009 en el área metropolitana: unos 5.000 expedientes mensuales. Según dicen, el problema para los empleadores es que no existe un Código Procesal Laboral nacional (cada jurisdicción tiene sus normas), que cada juez puede interpretar libremente las leyes y que hay “una tendencia judicial pro trabajador”.

Causas

El abogado laboral Ramiro Salvochea, del estudio homónimo, explicó que los empleadores sólo pueden ganar los juicios si ocurrieron actos suficientemente relevantes (inasistencias injustificadas, ilícitos, etc.) porque “no se puede despedir sólo por ineficiencia”.

En este tipo de juicios, el abogado laboral Carlos María del Bono (del estudio Severgnini, Robiola, Grinberg & Larrechea) explicó que el empleador debe acreditar que la causal de despido tuvo “entidad jurídica suficiente” (ser suficientemente grave) y “contemporánea” a través de testigos y legajos (con viejas notificaciones por incumplimientos, cartas documento, etc.).

Salvochea aseguró además que una de las tendencias actuales en los juicios por despido es alegar “discriminación”, una figura “en donde puede encuadrarse casi cualquier cuestión” y que “encarece la indemnización porque suma el daño moral”. Según el jurista laboral Fernando Cortés, del estudio De Diego & Asociados, este recurso es muy usado en cuestiones sindicales: muchos despedidos alegan ser gremialistas para que los reinstalen o indemnicen.

En el otro gran grupo que integra los juicios laborales, los de accidentes de trabajo, los abogados coinciden en que los empleadores no tienen casi chances de ganar. Además, no existe un tope indemnizatorio para reclamar porque, explicó Salvochea, “la Corte declaró inconstitucional un artículo que impide demandar al empleador si ya se cobró la cobertura de la ART”.

Por otro lado, una tendencia en aumento es enjuiciar a los directivos (y no sólo a la empresa) porque, según Cortés, “se considera que son ellos quienes deciden”. Por eso está subiendo también la contratación de seguros D&O (Directors and Officers Liability Insurance), que cubren a directores y gerentes ante eventuales demandas.

En este escenario, los empleadores no sólo tienen pocas chances de ganar un juicio sino que es incierto el monto final a pagar. Según Salvochea, no sólo hay diferentes criterios para fijar las multas (por la no entrega de certificados laborales, empleo irregular, falta de aportes, etc.), sino que suelen agregarse ítems no remunerativos a la liquidación final, como gastos de celular, cochera, etc.

Según los especialistas, hoy los juicios suelen ser por montos elevados (entre 20.000 y 50.000 pesos) y la estrategia de los empleadores no es intentar ganar sino obtener una rebaja en la indemnización. Esto último es convalidado por los jueces, que suelen conceder sumas más bajas porque a veces los pedidos están “inflados”.

Por otro lado, las empresas tampoco tienen certeza jurídica con los acuerdos de despido que, aunque hayan sido homologados por el Ministerio de Trabajo o algún tribunal, muchas veces son declarados inválidos porque se consideran despidos encubiertos.

Fuente: Zenyazen Flores y Everardo Martínez